Miércoles, 22 de Julio de 2026
Congreso

Diputada propone legislación para combatir amenazas en plataformas digitales

La diputada Giselle Arellano propone reformar el Código Penal para sancionar amenazas de cualquier tipo, buscando proteger la integridad de las personas y adaptarse a la realidad digital actual.

Reporte Cívico
Por Reporte Cívico

Iniciativa para reformar el Código Penal Federal en materia de amenazas

La diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila (Morena) impulsa una iniciativa que reforma la fracción inicial del artículo 282 del Código Penal Federal, con el objetivo de sancionar con penas de tres días a un año de prisión, o de 180 a 360 días de multa, a quien, por cualquier medio, amenace a otra persona para causar mal. El proyecto establece que el daño puede ser a la integridad física, psicológica o sexual, en bienes, honor o derechos de alguien con quien el sujeto pasivo mantenga o haya mantenido un vínculo familiar, afectivo, laboral, de convivencia o de cualquier otra naturaleza análoga.

Arellano Ávila señala que el objetivo de la iniciativa es fortalecer el tipo penal, actualizar su contenido a la realidad criminológica contemporánea y armonizarlo con los estándares constitucionales y convencionales en materia de derechos humanos que vinculan al Estado mexicano. También se busca ampliar el catálogo de bienes jurídicos protegidos para incorporar expresamente la integridad física, psicológica y sexual del sujeto pasivo, en alineación con los estándares constitucionales y convencionales vigentes. Asimismo, se pretende consolidar un marco jurídico que prevenga la normalización de prácticas de intimidación y violencia, promoviendo una cultura de respeto a la dignidad, la seguridad y la convivencia pacífica, tanto dentro como fuera de los entornos digitales.

La redacción vigente de dicho precepto corresponde a una época en que los medios de comunicación se limitaban principalmente al contacto directo y a la escritura postal. Sin embargo, la masiva irrupción de las tecnologías de la información y comunicación, especialmente las redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea, han generado nuevas modalidades de amenazas que, aunque podrían estar comprendidas en la fórmula vigente, requieren regulación expresa para otorgar mayor certeza jurídica, tanto a las víctimas como a los operadores del sistema penal.

Estudios criminológicos muestran que un porcentaje significativo de amenazas se producen en relaciones interpersonales concluidas, como en exparejas o exsocios, pero la redacción vigente no contempla estos vínculos pretéritos, lo que puede llevar a interpretaciones restrictivas. El documento enviado a la Comisión de Justicia subraya que las amenazas ya no se limitan a interacciones presenciales o comunicaciones tradicionales, sino que se manifiestan a través de redes sociales, aplicaciones de mensajería instantánea, correos electrónicos y plataformas digitales, incluso mediante perfiles anónimos o cuentas automatizadas.

Esta realidad exige que la legislación penal refleje los medios contemporáneos mediante los cuales se afecta la seguridad y tranquilidad de las personas, dado que un mensaje intimidatorio puede replicarse de manera masiva, permanecer almacenado indefinidamente y llegar simultáneamente a familiares, amigos o centros de trabajo de la víctima, generando afectaciones psicológicas. Se ha observado un incremento en las amenazas contra mujeres, periodistas, personas defensoras de derechos humanos, servidoras públicas y grupos vulnerables. Diversos organismos nacionales e internacionales advierten que las intimidaciones son la antesala de conductas más graves de violencia física, psicológica y sexual, por lo que resulta indispensable una atención oportuna, enfatiza.

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Periodista en Reporte Cívico. Cobertura de noticias locales, seguridad y reporte ciudadano.